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  Oficina Municipal Información al Consumidor    
 

¿Qué es la Oficina Municipal de Información al Consumidor?

Ley de Defensa al Consumidor Nº 24.240 y su modificatoria Ley 26361, prevé una serie de herramientas para la solución de conflictos, que resultan alternativas a las vías judiciales.

La autoridad de aplicación de dicha normativa en nuestra Provincia es la Dirección de Comercio Interior dependiente del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio.

Por lo tanto desde el Municipio se creó a través de la ordenanza N° 3544 del año 2002 una delegación de dicha Dirección en nuestra ciudad: “OMIC Rafaela”. La misma fue creada con el fin de que, los integrantes de la comunidad Rafaelina, puedan acceder de manera más fácil y cómoda al asesoramiento y gestión de trámites de competencia de dicha dependencia provincial.

¿Cuáles son las funciones de la OMIC Rafaela?

 
 
Recibir los reclamos que efectúen los consumidores de Rafaela y su ámbito de influencia, conforme a lo establecido en la Ley Nº 24.240 y sus reglamentaciones; en los formularios elaborados para tal fin.
Asegurar a los consumidores e informar a la población sobre los alcances de la Ley Nº 24.240, sus reglamentaciones y resoluciones complementarias.
Actuar como nexo entre los consumidores locales y la Dirección de Comercio Interior de la Provincia de Santa Fe.
Coordinar las acciones necesarias para contactar a los consumidores que efectúen reclamos con los organismos pertinentes para la solución de los mismos.
Toda otra cuestión relacionada a la Defensa del Consumidor no contemplada en los puntos anteriores, que a criterio de la Dirección de Comercio Interior.
 
     
 

Información de contacto OMIC Rafaela.

Días de atención: martes de 8:30 a 14 hs.
Agente Responsable: Srta. Vanina Flesia.
Domicilio Oficina: Moreno 8 - Subsuelo
Teléfono: 03492 -502000 – interno 211
Dirección de correo: defensadelconsumidor@rafaela.gov.ar
Formulario de reclamo

¿Cómo y donde se efectúa un reclamo?

Para presentar un reclamo se debe dirigir a la Oficina Municipal de Información al Consumidor Rafaela ubicada en Moreno 8 – subsuelo

Allí se completa un formulario de reclamos, donde se debe realizar una breve descripción de los hechos que originan la denuncia y lo que solicita el denunciante. Puede ser redactado por uno mismo. (El formulario de reclamos se lo facilita la persona responsable de la oficina o puede ser bajado haciendo click aquí)

Además se debe contar con la siguiente información y/o documentación:

 
 
1 - 

Datos del consumidor o denunciante: Nombre, apellido, DNI, teléfono (y si es posible también número de celular u dirección de correo electrónico).

2 - 

Datos del proveedor o denunciado: nombre de la empresa, domicilio, teléfono de ser posible.

3 - 

Documentación acerca del problema planteado: Toda la documentación original relacionadas con los hechos que se quieren denunciar (facturas remitos, presupuestos, notas, cartas, etc.) y un juego de fotocopias para anexar al formulario.

 
     
  ¿Qué procedimiento se pone en marcha cuando se hace un reclamo?

El procedimiento previsto en la Ley de Defensa del Consumidor contempla una instancia conciliatoria tendiente a que las partes (consumidor y denunciado) arriben a un acuerdo. Para tal fin se celebran audiencias en las que participan las partes y las cuales son coordinadas por un conciliador del organismo responsable ( en este caso la Dirección de Comercio Interior de la Provincia). De producirse el acuerdo se labra el acta correspondiente y se procede al archivo de las actuaciones, quedando ambas partes obligadas al cumplimiento del acuerdo.

De no resultar posible el acuerdo, y luego de dos oportunidades de concurrir a la audiencia citada para ambas partes, el organismo continua de oficio las actuaciones con la finalidad de detectar las presuntas infracciones cometidas, producir la prueba correspondiente en el expediente y sancionar a la empresa en caso de que corresponda.

Si existe un acuerdo previo a la audiencia el reclamante debe acercarse a la OMIC y firmar un Acta de Manifestación para solicitar el archivo de las actuaciones, es decir de la denuncia. Por ello lo mismo debe hacerse una vez que se cumple el acuerdo logrado en las audiencias.

Es importante tener en cuenta…

 
 

¿Quién es un consumidor? Consumidores son aquellos que compran y usan todo tipo de productos o servicios a nivel personal o familiar. Siempre se debe ser consumidor final.

¿Quién puede efectuar un reclamo? Al reclamo siempre lo debe efectuar el titular y en caso de que no sea posible existe la opción de delegar su poder al responsable de la oficina del consumidor o a otra persona, a través del acta de poder, el cual se labra en la misma OMIC.

¿Qué servicios no incluye la ley? Hay ciertos servicios que no se incluyen dentro de la Ley de Defensa del Consumidor ya que tienen sus propios entes reguladores, es por ello que los reclamos relacionados con los mismos se deben hacer ante dichos entes. Solo se pueden tomar los reclamos de estos servicios que tienen que ver con errores de facturación.
 
 
 


Teléfonos

  Comisión Nacional de Comunicaciones
 

Electricidad

  Ente Nacional Regulador de la Electricidad
 


Gas:

  Ente Nacional Regulador del Gas
 
Agua Corriente:
  Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios
 
 
Otros servicios:

 
 
Transporte: Comisión Nacional de Regulación del Transporte CNRT
Aeropuertos: Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos
Defensa y protección de los derechos humanos y los demás derechos, garantías e intereses tutelados en la Constitución y en las leyes y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas: Defensor del Pueblo de la Nación
Seguros: Superintendencia de Seguros de la Nación
Salud: Superintendencia de Servicios de Salud
Trabajo: Superintendencia de Riesgos de Trabajo
Retiro:
Superintendencia de Administradoras de Fondos de Jubilación y Pensión
Asociaciones de Consumidores
 
     
  Recomendaciones.

Derecho de Información

El consumidor tiene derecho a recibir una información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características del producto o servicio que pretenda adquirir. Ello es así, porque sólo un consumidor debidamente informado podrá decidir libremente sobre la conveniencia de la contratación.

Protección de la Salud

Los proveedores que comercializan productos o prestan servicios que por su naturaleza pueden poner en peligro la salud o integridad física de los consumidores están obligados a entregar un manual en idioma nacional sobre el uso, instalación y mantenimiento de la cosa o servicio y brindarle adecuado asesoramiento.

Publicidad

El proveedor está obligado a cumplir, al momento de la entrega del producto o de prestar el servicio, con todas las precisiones incluidas en la publicidad como si estuvieran en el contrato.

Compra de productos

Al adquirir un producto (electrodoméstico, un auto, una PC, etc.) es conveniente solicitar al proveedor una factura o ticket, sin ellos no se puede probar la operación realizada. Éstos deben contener una descripción de la cosa, los datos del proveedor, plazos y condiciones de entrega de la cosa, mención de la garantía, el precio y las condiciones de pago. El proveedor está obligado a incluir todo ello en el comprobante
 
     
Seminario Vieja Terminal
Consejo Consultivo Social
Presupuesto Ciudadano
 
 
Moreno 8 - Rafaela - Santa Fe - Argentina - Teléfonos: (0054 3492) 427201 / 428201 / 502000 al 502007 / Fax: (0054 3492) 426611
Email: municipalidad@rafaela.gov.ar - Web: www.rafaela.gov.ar